Civil / Órdenes judiciales
De conformidad con el Estatuto de Florida 30.15, todo el proceso a ser notificado por el Sheriff debe ser emitido por un tribunal de jurisdicción apropiado. No entregamos cartas ni ninguna otra forma de proceso ordenado por un tribunal. Si tiene algo de esta naturaleza que le gustaría recibir, le sugerimos que se ponga en contacto con un servidor de procesos privado.
Hacemos la entrega legal de todo el proceso de acuerdo con la ley de Florida, que establece que “La entrega legal emitida por un tribunal de un estado que no sea Florida puede ser hecha por los sheriffs de este estado de la misma manera que la entrega legal emitida por los tribunales de Florida.”Por favor, tenga en cuenta que nosotros no legalizar las devoluciones, pregunte en cuanto a la situación militar de la persona destinataria, y que la ley de Florida permite sustituir el servicio. Si las leyes de su estado no permiten el servicio sin estos requisitos, o de acuerdo con las leyes del estado en el que se perfeccionará el servicio, le sugerimos que se comunique con un servidor de procesos privado.
Necesitamos una dirección física para intentar el servicio. No podemos servir un apartado de correos.
Según el Estatuto de Florida 48.031, la entrega de agentes de la ley o cualquier empleado federal, estatal o municipal no se puede aceptar si la fecha de comparecencia es inferior a cinco días a partir de la fecha de entrega
No remitimos el proceso civil a otros condados o agencias. El proceso civil que necesita ser servido fuera del condado de Wakulla debe ser enviado directamente a la agencia apropiada.
Si bien haremos todo lo posible para asegurarnos de que su documentación sea correcta, es su responsabilidad asegurarse de que todo esté en orden. El papeleo incorrecto, las copias faltantes y la falta de incluir la tarifa de servicio son los errores más comunes, y provocarán que se le devuelvan sus documentos. Como esto puede resultar en retrasos costosos en el proceso judicial, asegúrese de que su documentación sea correcta.
Tarifas de servicio
Las tarifas de entrega legal del proceso están estipuladas por el Estatuto de Florida 30.231 y son las siguientes:
$40.00 por cada citación, citación, orden o mandamiento judicial a entregar. Si hay varios demandados que deben ser entregados, se requiere un cargo de 4 40.00 y un paquete de servicio como se define aquí para cada demandado.
Todos los autos ejecutorios, excepto las ejecuciones que requieren la incautación de personas o bienes: 5 50 además de los 4 40, esto incluye los autos de posesión y replevin.
Las órdenes civiles de arresto (excluyendo los mandamientos de embargo para manutención de los hijos) requieren los 9 90.00 honorarios exigibles, y un depósito adicional de 5 50.00 por día el acusado será encarcelado.
http://archive.flsenate.gov/Statutes/index.cfm?App_mode=Display_Statute&…
Tenga en cuenta que todos los honorarios del Sheriff no son reembolsables por estatuto.
Mandamientos judiciales y gravámenes
El Sheriff no tiene autoridad para exigir el pago de sentencias o gravámenes. Está obligado por ley a gravar y vender propiedades específicamente descritas para satisfacer la ejecución emitida.
Una vez que se haya recibido toda la documentación requerida y su depósito, se enviará a un asistente para tomar posesión de la propiedad listada. Una vez que la propiedad haya sido asegurada, prepararemos un Aviso de Venta del Sheriff que se anunciará durante 4 semanas consecutivas en un periódico local (The Wakulla News).
Una vez que llegue la fecha de venta, un representante llevará a cabo la venta. La venta es una subasta pública al mejor postor solo por dinero en efectivo. No se aceptan cheques, giros postales o tarjetas de crédito como pago. Si el mejor postor no tiene el dinero en mano, el segundo postor más alto gana la puja al precio de su puja. Tenga en cuenta que no hay una oferta mínima.
El demandante o su representante tiene la oportunidad de emplear una oferta de crédito en la venta. Esto significa que puede pujar hasta el monto de su fallo, todos los intereses devengados y los costos de embargo hasta la fecha.
Documentos requeridos
La orden de ejecución original. (Por favor, incluya una copia de su certificado de embargo judicial.)
Instrucciones para la exacción. Este documento es requerido para ordenar al Alguacil, por escrito, que imponga un gravamen sobre la propiedad específicamente descrita; proporcionar la dirección de residencia del acusado, el lugar de empleo y el abogado de registro, si lo hubiera. Este documento también debe tener una cláusula de” exención de responsabilidad ” según FSS 30.30.
La Corte Suprema de Florida ha dictaminado que el Alguacil debe requerir un depósito por adelantado para cubrir todos los costos relacionados con el manejo de una ejecución. Nuestros montos de depósito actuales son los siguientes:
Automóvil: 1 1500.00
Barco: 1 1500.00
Bienes raíces: Real 1000.00
Comprobante de propiedad
Para vehículos motorizados, botes y otras embarcaciones, requerimos una copia impresa del Departamento de Seguridad en Carreteras y Vehículos Motorizados. Para bienes raíces, requerimos una copia certificada de la Escritura de Renuncia o Garantía. Una copia impresa de cualquier otra fuente (es decir, búsquedas en Internet) no se considera prueba legal y no se aceptará.
Información general
Los vehículos de motor, otros bienes personales y bienes inmuebles, si se gravan, están sujetos a todos los gravámenes existentes, y los compradores potenciales serán notificados de esto antes de la venta.
La licitación está abierta al público en general (incluido el demandado), con la excepción de los empleados de la Oficina del Sheriff del Condado de Wakulla o sus familiares.
Detalles de contacto
Puede comunicarse directamente con la División Civil al 850-745-7145 entre las 8: 00 am y las 5: 00 pm, de lunes a viernes.