Estatuto de Limitaciones y Reposo por Defectos de Construcción
El estatuto de limitaciones para reclamaciones por defectos de construcción en Colorado es de dos años y el estatuto de reposo es tan corto como seis años y tan largo como ocho años. Los propietarios de viviendas, las asociaciones de propietarios y los propietarios de propiedades de Colorado deben presentar una demanda relacionada con defectos de construcción dentro de un período de tiempo prescrito, comúnmente conocido como el “estatuto de limitaciones” y el “estatuto de reposo”.”Los diferentes tipos de reclamaciones tienen diferentes estatutos de limitaciones y estatutos de reposo, pero en Colorado, hay un conjunto de períodos de limitaciones aplicables a las reclamaciones por defectos de construcción.
Estatuto de limitaciones
El estatuto de limitaciones que se aplica a las reclamaciones por defectos de construcción se puede encontrar en C. R. S § 13-80-104. La ley requiere que una reclamación por defectos de construcción se presente dentro de los dos años posteriores a la presentación de la reclamación de reparación.”Una reclamación por defectos de construcción “surge” cuando ” el reclamante o el antecesor del reclamante en interés descubre o en el ejercicio de la diligencia razonable debería haber descubierto las manifestaciones físicas de un defecto en la mejora que en última instancia causa el daño.”C. R. S. § 13-80-104 (1) (b) (I).
Generalmente, lo que esto significa es que un propietario, asociación comunitaria o propietario de una propiedad debe presentar la reclamación dentro de los dos años posteriores a haber descubierto el defecto de construcción en sí o haber descubierto un síntoma obvio del defecto de construcción. Aunque este estatuto parece sencillo, los abogados y los tribunales a menudo no están de acuerdo sobre cuándo comienza el estatuto, cuándo termina el estatuto y qué reclamaciones prescriben si el tiempo ha expirado. Griffiths Law siempre aconseja a sus clientes potenciales que busquen asesoramiento legal completo para determinar si sus reclamaciones son oportunas. No asuma que su reclamo por defectos de construcción es inoportuno bajo el estatuto de limitaciones sin hablar primero con un abogado.
Estatuto de Reposo
Además de un estatuto de prescripción, Colorado también impone un “estatuto de reposo”.”Un estatuto de reposo también puede prohibir una reclamación por defectos de construcción, pero funciona de manera ligeramente diferente. Mientras que un estatuto de limitaciones comienza a correr con el descubrimiento del defecto, el estatuto de reposo comienza a correr con la “finalización sustancial” de la “mejora de la propiedad real”.”C. R. S. § 13-80-104 (1) (a). En Colorado, el estatuto de reposo es de seis años, pero se puede extender hasta ocho años en ciertas circunstancias. Véase id. en § 13-80-104(2). Al igual que el estatuto de limitaciones, los abogados no están de acuerdo sobre cuándo comienza a correr el estatuto de reposo, qué reclamaciones pueden prescribir si expira el tiempo y si se aplica la extensión de seis a ocho años. Del mismo modo, no asuma que su reclamo por defectos de construcción es prematuro según el estatuto de reposo sin hablar primero con un abogado.
Si tiene alguna pregunta sobre una posible reclamación por defectos de construcción, no dude en ponerse en contacto con nuestros abogados de litigios civiles y defectos de construcción.