México – Oficina Local de USCIS en Ciudad Juárez
AVISO: USCIS ha emitido una guía en el Manual de Políticas de USCIS (PDF, 315.53 KB) que entra en efecto el 1 de febrero de 2020, en la que delega autoridad en el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) para aceptar y adjudicar los Formularios I-130 presentados por un peticionario que es ciudadano estadounidense para un familiar inmediato si el peticionario demuestra circunstancias excepcionales o recae en los criterios de autorización general definidos por USCIS. Esta guía, que aplica aún en países donde USCIS tiene presencia, está disponible en el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 6, Parte B, Capítulo 3.
A partir del 1 de febrero de 2020, USCIS ya no aceptará ni adjudicará peticiones I-130 rutinarias en sus oficinas internacionales restantes. Los peticionarios que residen en el extranjero y no puedan presentar su Formulario I-130 con DOS deben presentarlo en línea o enviarlo por correo a la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Dallas para procesamiento en EE.UU. o presentarlo en línea a través del sitio web de USCIS.
USCIS cerró permanentemente su oficina local en Ciudad Juárez, México, el 30 de junio de 2019. El Consulado General de Estados Unidos en Ciudad Juárez asumirá la responsabilidad de algunos servicios limitados que anteriormente eran proporcionados por USCIS a personas que residen en los estados mexicanos de Baja California Norte, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Sinaloa y Sonora (vea la tabla a continuación).
A partir del 31 de mayo de 2019, las personas que anteriormente recibían servicios en la Oficina Local de USCIS en Ciudad Juárez deben seguir estas instrucciones para presentar sus solicitudes:
Servicio/Formulario |
Instrucciones para Presentación de Solicitudes |
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Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero |
A partir del 1 de febrero de 2020, envíe su petición por correo a la localidad segura (Lockbox) de USCIS en Dallas o preséntela en línea, a través de nuestro sitio web. Puede encontrar información adicional sobre presentación de solicitudes en la página web del Formulario I-130. Si usted es un ciudadano estadounidense, el Departamento de Estado podría aceptar una petición suya si va a presentar una petición para su familiar inmediato (cónyuge, hijos solteros menores de 21 años de edad o sus padres, si usted tiene 21 años de edad o más) en una embajada o consulado estadounidense bajo circunstancias limitadas, según descritas en el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 6, Parte B, Capítulo 3. Para más información, por favor, comuníquese con la embajada o consulado estadounidense que tiene jurisdicción sobre el área donde usted reside. Militares en Servicio Activo: Si usted es un ciudadano estadounidense que es militar en servicio activo destacado permanentemente en una base en el extranjero, puede presentar esta petición directamente con el Departamento de Estado en una embajada o consulado estadounidense sin tener que demostrar que existen circunstancias excepcionales. |
Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial (para peticiones de viudos(as) solamente) |
Si usted es un viudo(a) de un ciudadano estadounidense, por favor vea la página del Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial para obtener las instrucciones de presentación más actualizadas. Puede presentar su Formulario I-360 en la embajada o consulado estadounidense que tiene jurisdicción sobre el área donde usted reside. |
Formulario I-407, Registro de Abandono de Estatus de Residente Permanente |
En raras circunstancias, una embajada o consulado de Estados Unidos puede permitirle presentar un Formulario I-407 en persona si usted necesita prueba inmediata de que abandonó su estatus de residente permanente legal. |
Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad |
Presente su Formulario I-601 por correo con USCIS. La localidad de presentación de la solicitud dependerá del beneficio de inmigración que usted deseas obtener. Para ver una lista completa de direcciones, vaya a su página de Direcciones para Presentación Directa de Solicitudes. |
Puede comunicarse con la oficina por medio de correo electrónico, teléfono, o correo. Si tiene una emergencia, puede visitar nuestra oficina de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. de lunes a viernes.
Información general sobre el Consulado General de Estados Unidos en Ciudad Juárez está disponible en el sitio web de la embajada. También, puede comunicarse con el consulado general por correo:
U.S. Consulate General
Paseo de la Victoria #3650
Fracc. Partido Senecú
Ciudad Juárez, Chihuahua, México C.P. 32543
Para información sobre otros beneficios de inmigración, visite uscis.gov/es. Le sugerimos que consulte a nuestra asistente virtual Emma más detalles sobre lo que desea lograr. En muchas ocasiones, puede completar en línea todo lo que desea hacer.
¿Tiene alguna pregunta sobre un formulario o petición que está en trámite? Envíenos un mensaje seguro a través de su cuenta de USCIS en línea. Es muy fácil abrir una cuenta en línea.
También puede enviarnos un mensaje a través de nuestro sitio web si necesita ayuda.
Para información detallada sobre visas, por favor vea el sitio web de la Sección de Servicios de Visas del Departamento de Estado de Estados Unidos.