Pregúntele al abogado: ¿Es ilegal una llamada de broma?
P: Los universitarios, todos de 18 años o un poco mayores, decidieron hacer bromas a la gente. La esencia de la llama es para desesperar a quien respuestas, hacen pensar que hay fantasmas rondando su casa, y que ellos son una compañía que puede ayudar a deshacerse de estos “demonios.”Un caballero mayor denunció a estos niños a la policía. ¿Lo que hicieron es un crimen?
A: Fue una broma, solo diversión inofensiva, ¿verdad? Bueno, según el Código Penal de California, ciertos tipos de” bromas ” pueden llegar al nivel de un delito menor, resultar en una multa de hasta 1 1,000 y hasta seis meses en la cárcel del condado.
La Sección 653m prohíbe dos tipos específicos de conducta: (1) Llamadas hechas con la intención de molestar en las que se utiliza un lenguaje obsceno, o se hace una amenaza para infligir daño a la persona, su propiedad o a cualquier miembro de su familia. Si ese criterio no se aplica, entonces (2) Las llamadas realizadas con la intención de molestar o acosar, que son llamadas repetidas. En la situación que describe, ¿qué dijeron los niños, cuántas veces llamaron a ese caballero y cuál era su intención?
P: Tengo una disputa con alguien por dinero. Me está enviando mensajes de texto varias veces ahora, y ha hecho amenazas de daño si no le pago. Se usan cuatro letras. ¿Es legal este comportamiento?
– J. N., Gardena
A: Su comportamiento puede constituir una violación de la Sección 653m del Código Penal porque es una “comunicación” y emplea una amenaza. El apartado b) del artículo 653m del Código Penal dispone expresamente lo siguiente:: “Toda persona que, con la intención de molestar o acosar, hace repeated contacto repetido por medio de un dispositivo de comunicación electrónica to con otra persona es, se produzca o no una conversación guilty culpable de un delito menor.”Sus mensajes de texto a través de un dispositivo de comunicación electrónica (es decir, el teléfono celular) es un acto cubierto.
P: Un contratista trabajó para nosotros. Hemos retenido algo de dinero porque el trabajo realizado es inadecuado. Me llamó, y ahora su asistente me llamó, indicando que quieren el pago final o el gravamen de la casa. También recibí una carta por correo. ¿Es acoso ilegal?
– D. F., Rancho Palos Verdes
A: El contratista puede tener el derecho legal de registrar un gravamen. Además, si él, su asistente y la carta que recibió son básicamente profesionales, y no hay amenazas de lesiones o daños corporales, esas comunicaciones pueden no ser inapropiadas. No dices a qué hora llamaron, o con qué frecuencia. Sin embargo, existe un derecho básico a exigir el pago. Además, hay una cláusula al final de la sección 653m del Código Penal que dice:: “Nada de lo dispuesto en esta subdivisión se aplicará a las llamadas telefónicas o los contactos electrónicos realizados de buena fe o durante el curso ordinario y el alcance de los negocios.”