Problemas de Mantenimiento y Carreteras de Clase VI

Los proyectos de reparación y mantenimiento de carreteras generalmente están en marcha en esta época del año, lo que genera preguntas sobre el mantenimiento de carreteras de Clase VI. Hay muchos conceptos erróneos sobre las carreteras de clase VI, así que aquí hay algunos recordatorios.

P. ¿Qué es una carretera de clase VI?
A. En el sistema de clasificación de carreteras del estado, que se define en la RSA 229:5, Las carreteras de clase VI son “todas las demás vías públicas existentes”, es decir, vías públicas que no están clasificadas como vías de Clase IV o Clase V. Las carreteras de clase VI incluyen las que han sido interrumpidas con puertas y rejas, así como las que “la ciudad no ha mantenido ni reparado en condiciones adecuadas para viajar” durante cinco años consecutivos o más. (Ver RSA 229:5, VII.) Las dos claves importantes de esta definición legal son que las carreteras de Clase VI son vías públicas, y son carreteras que la ciudad no tiene el deber de mantener. Tenga en cuenta que la definición de una carretera de clase V es una que la ciudad tiene el deber de mantener. (Ver RSA 229:5, VI.)

P. ¿Puede la ciudad asignar dinero para mantener o reparar carreteras de Clase VI?
A. RSA 231: 59 autoriza a los municipios a gastar dinero para reparar carreteras de Clase IV y V, no carreteras de Clase VI. Uno de los principios básicos de la ley municipal de New Hampshire es que los pueblos y ciudades solo tienen la autoridad que les otorga la legislatura estatal. Sin una autoridad específica, los pueblos y ciudades no tienen autoridad para actuar.

Q. ¿Pueden los particulares mantener o reparar carreteras de Clase VI?
A. Sí, con permiso del municipio. RSA 236: 9 prohíbe a cualquier persona excavar o perturbar las zanjas, terraplenes o superficie transitada de cualquier carretera de la ciudad, incluida una carretera de Clase VI, sin el permiso por escrito del órgano de gobierno de la municipalidad (junta de concejales o ayuntamiento de la ciudad/ciudad) o el agente de carreteras. La RSA 236: 10 dispone que el municipio puede regular esas obras viales privadas y puede exigir una fianza para la restauración satisfactoria de la carretera. RSA 236:11 requiere que cualquier persona que excave o perturbe las carreteras de la ciudad las restaure a satisfacción del funcionario local autorizado.

P. ¿Qué sucede si el municipio mantiene o repara una carretera de Clase VI?
A. Hay varias razones importantes para evitar proyectos de mantenimiento y reparación en carreteras de Clase VI. En primer lugar, los municipios gozan de protección frente a la responsabilidad por daños o lesiones causados por el estado de una carretera de clase VI. RSA 231: 93 establece que los municipios no tienen la obligación de mantener o reparar las carreteras de clase VI. El deber de mantenimiento de carreteras establecido en la RSA 231:90 a 92-a se aplica solo a autopistas de clase IV y V. Un municipio que realiza trabajos de mantenimiento de carreteras de clase VI se expone al riesgo de responsabilidad por daños o lesiones resultantes de ese trabajo. En segundo lugar, la realización de trabajos de mantenimiento o reparación podría dar lugar a argumentos de estoppel municipal, lo que significa que en una demanda que involucra a un propietario de un terreno, un municipio puede verse impedido de argumentar que no está obligado a mantener una carretera debido a su estatus de Clase VI. Véase Turco v.Barnstead, 136 N. H. 256 (1992). En tercer lugar, una carretera de clase V que alcanza el estatus de Clase VI como resultado de la falta de mantenimiento volverá a ser de Clase V si la ciudad la mantiene durante al menos cinco años consecutivos. El mantenimiento y la reparación” ilegales “deben ser” regulares “y” más que estacionales “para que la carretera esté en” condiciones adecuadas para viajar durante todo el año.”Véase RSA 229: 5, VI.

P. ¿Qué pasa si hay razones de seguridad pública para reparar o mantener ocasionalmente carreteras de Clase VI?
A. Si un municipio desea gastar dinero en la carretera de Clase VI, debe hacerlo bajo el estatuto de carril de emergencia, RSA 231:59-a, que se promulgó en 1994. Ese estatuto autoriza a los municipios a recaudar y asignar dinero para el mantenimiento de cualquier carretera de Clase VI (o carretera privada) que sea declarada un carril de emergencia por el órgano de gobierno. Los procedimientos requeridos para hacer esta declaración incluyen una audiencia pública y conclusiones por escrito “de que la necesidad pública de mantener dicho carril transitable por vehículos de emergencia está respaldada por un interés de bienestar o seguridad pública identificado que supera o difiere de cualquier beneficio privado para los propietarios de tierras que colindan con dicho carril.”

P. ¿Qué tipo de mantenimiento o reparación de carreteras de clase VI está autorizado por el estatuto del carril de emergencia?
A. RSA 231:59-a, I establece que tales reparaciones pueden incluir ” la remoción de cepillos, la reparación de desagües o alcantarillas, o cualquier otro trabajo que se considere necesario para hacer que dicho camino sea transitable por equipos de extinción de incendios y vehículos de rescate u otros vehículos de emergencia.”El municipio puede establecer una reserva de capital o un fondo fiduciario para este fin. El mantenimiento o reparación de carreteras de Clase VI realizadas de acuerdo con el estatuto de carriles de emergencia no crea ningún deber o responsabilidad para el municipio. Ver RSA 231: 59-a, IV.

P. ¿Se pueden colocar puertas o vallas en carreteras de Clase VI?
A. Sí, pero RSA 231:21-a, I requiere que se levanten puertas o rejas mantenidas por propietarios privados para no interferir con el uso público de la carretera de Clase VI. Dichas puertas o barras deberán poder ser abiertas y cerradas de nuevo por los usuarios de la carretera.”Los municipios están autorizados a regular estas estructuras” para asegurar el uso público ” y tienen autoridad para retirar puertas o barrotes si han caído en mal estado o si interfieren con el uso público de la carretera de Clase VI.

P. ¿Qué significa el término “puertas y barras”?
A. Antes de 1903, una ciudad solo podía interrumpir una carretera por completo, lo que significa que ya no era una vía pública. Solo después de que la legislatura estatal promulgara Leyes de 1903, Capítulo 14: 1, una ciudad podría interrumpir una carretera “abierta” y someterla a puertas y rejas. El término “puertas y barrotes” no está expresamente definido por la ley. Sin embargo, históricamente el término se refiere al derecho de un propietario a encerrar locales para su propio beneficio, generalmente para confinar el ganado. El propietario requería que los viajeros públicos abrieran y cerraran las puertas o los bares como condición para viajar. El término “puertas y barras” se asoció por primera vez con las carreteras de Clase VI en 1925, cuando la legislatura promulgó Leyes de 1925, Capítulo 12:1, que estipulaban que una ciudad no tenía el deber de mantener ninguna carretera que hubiera sido cerrada sujeta a puertas y barras.
P. ¿Hay otras formas en que los municipios pueden regular las carreteras de Clase VI?
A. RSA 231:21-a, que se promulgó en 1999, establece que todas las carreteras de clase VI—independientemente de cómo obtuvieron el estatus de Clase VI (por trazado, interrupción sujeta a puertas y barrotes, o interrupción del mantenimiento de las carreteras de Clase V)—se consideran sujetas a puertas y barrotes. El estatuto autoriza claramente a los municipios a regular su uso bajo las disposiciones de la RSA 41:11; RSA 47:17, VII, VIII y XVIII (ordenanzas de carreteras); RSA 236:9 a 11 (excavación y perturbación); RSA 236:13 (acceso a la calzada); y RSA 231: 191(límites de peso).

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